Con la firma del presidente Alberto Fernández en el decreto, quedó oficializada la prórroga del Presupuesto 2021 para afrontar un nuevo año de gestión tras el rechazo del proyecto del Presupuesto 2022 por la oposición en Diputados.
«A partir del 1° de enero de 2022 rigen, en virtud de lo establecido por el artículo 27 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias, las disposiciones de la Ley N° 27.591 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2021, sus normas modificatorias y complementarias», reza el documento publicado este jueves por la noche.
Con esta prórroga, el Poder Ejecutivo deberá ir adecuando todo lo que son las partidas presupuestarias para que el Estado pueda seguir funcionando. Esas decisiones pasarán por la Jefatura de Gabinete conducida por Juan Manzur, que ya prepara su lapicera, facultada para realizar «ajustes» en materia presupuestaria.
El artículo 27 de la Ley N° 24.156 (de Administración Financiera) determina: «si al inicio del ejercicio financiero no se encontrare aprobado el presupuesto general, regirá el que estuvo en vigencia el año anterior, con (…) ajustes que debe introducir el Poder Ejecutivo Nacional».
La Ley Nº 25.725, complementaria de la anterior, expresa que la persona facultada para realizar esos ajustes es el jefe de Gabinete.
Sobre esta base, el Presidente convocó el próximo lunes a los gobernadores de todo el país para avanzar en la firma de un nuevo consenso fiscal.
El nuevo acuerdo fue analizado por el jefe de Estado y 13 mandatarios provinciales que se reunieron esta semana en la residencia de Olivos, entre ellos Osvaldo Jaldo. Ahí se trataron las partidas presupuestarias de cada distrito para el año próximo y se registraron las expresiones de preocupación de los mandatarios por el rechazo opositor al Presupuesto 2022.
«El lunes se va a firmar el pacto fiscal, que es un acuerdo que se viene trabajando con el ministro de Economía (Eduardo) Garvich. Con este acuerdo vamos a definir en materia de ingreso y egresos. Es un trabajo que el Gobierno Nacional necesita como herramienta financiera para funcionar y fijar los recursos y gastos de los distritos de Argentina», afirmó Jaldo este jueves en Casa de Gobierno.
El titular del Ejecutivo provincial remarcó que «por el trabajo de nuestro ministro de economía y el aval de los gobernadores, estoy en condiciones de decirle que lo que vamos a firmar con el Gobierno Nacional, la provincia de Tucumán no resigna ingresos. No perdemos un solo centavo por el acuerdo que vamos a firmar el día lunes«.
Estos serían los principales puntos del nuevo consenso fiscal:
Las provincias y la Ciudad de Buenos Aires durante 2022 podrán legislar un impuesto a un aumento de riqueza obtenido por herencias, legados, donaciones y anticipos de herencia.
Aplicar alícuotas máximas para el impuesto sobre los Ingresos Brutos: para agricultura, ganadería, pesca, minería de 0,75%; industria manufacturera, 1,50%; construcción, 2,5%; comercio, 5%; hoteles y restaurantes, 4,5%; comunicaciones 5,5%; telefonía celular 6,5%; intermediación y servicios financieros 9% (créditos hipotecarios exento); actividades Inmobiliarias, empresariales y de alquiler 5%; servicios sociales y de salud 4,75%.
Estos nuevos porcentajes implican subas en varios rubros como comunicaciones y servicios financieros.
Las actividades dentro de agricultura, ganadería, pesca y minería que vendan a consumidores finales quedarán sujetas, en relación a esas operaciones, a la alícuota máxima establecida para comercio.
Mantener desgravados los ingresos provenientes de las actividades de exportación de bienes (excepto los vinculados con actividades mineras o hidrocarburíferas y sus servicios complementarios) y los ingresos provenientes de prestaciones de servicios cuya utilización o explotación efectiva se lleve a cabo en el exterior del país.
Se gravará el comercio electrónico de servicios digitales prestados por sujetos radicados, residentes o constituidos en el exterior a consumidores o empresas domiciliados, radicados o constituidos en jurisdicción provincial y la CABA. Esto incluye el servicio de suscripción online para acceso a entretenimiento (música, videos, transmisiones audiovisuales y juegos) y la intermediación en la prestación de servicios a través de plataformas digitales (hoteleros, turísticos y financieros) y las actividades de juego que se desarrollen o exploten a través de cualquier medio digital.
Establecer una alícuota máxima del 3,5% a la transferencia de inmuebles, del 3% a la transferencia de automotores y del 2% para el resto de contratos y operaciones alcanzadas por este tributo.
Las provincias y la CABA solo podrán incrementar el stock de deuda denominada en moneda extranjera solo en los casos de líneas de financiamiento con organismos bilaterales o multilaterales de crédito, desembolsos pendientes, incrementos de stock generados por administración de pasivos, canjes o reestructuraciones y amortizaciones de capital.
Fuente: el tucumano.