La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohíbe el uso y comercialización en todo el país de un equipo de depilación láser falsificado como así también de un aceite de coco por ser «ilegal».
A través de Disposición 9023/2021 publicado este jueves en el Boletín Oficial, prohíbe el uso, la comercialización y la distribución en todo el territorio nacional del producto falsificado identificado como: «Alma Láser – Doral» – equipo de depilación por chapa láser, sin / rótulo descriptivo.
La decisión de la ANMAT fue adoptada luego de una inspección integral en un establecimiento que funcionaría como un centro de servicios estéticos denominado Doral Esthetic. Una vez en el lugar, la Unidad Fiscal Especializada en Materia Ambiental (UFEMA) tomó varias fotografías de los equipos y una inspección posterior determinó que los mismos eran falsificados.
Respecto, la firma SIREX MEDICA SA, único titular autorizado por la ANMAT para importar equipos Alma Lasers, explica que los productos de su titularidad se encuentran registrados mediante el PM 1168-18 y son equipos destinados a la remoción del vello por fototermólisis, siendo Riesgo Productos medicos clase III.
En este contexto, el representante de la firma determinó que ambos equipos eran apócrifos, explicando que la presencia de cabezales indicaba que los equipos de las fotografías su de aplicación en depilación por láser (Luz de Diodo), declarando que las características de los equipos estudiados no hay correspondencia con ninguno de los equipos fabricados por Alma Lasers. Asimismo, detalló que la pantalla de los equipos exhibidos es más pequeña que la original entre otras diferencias.
Con el fin de proteger a eventuales adquirirentes there usuarios del producto involucrado del if desconoce su estado condición there, the Dirección de Evaluación y Gestión de Monitoreo de Productos para la Salud Recomendo «la prohibición de comercialización, uso y distribución el Paes» en todo la Salud.
ANMAT prohibió la venta de un aceite de coco
Mediant la Disposición 9024/2021, el organismo de control prohibió, además, la comercialización en todo el país de un aceite de coco por ser considerado “ilegal”.
“Prohíbese la elaboración, el fraccionamiento y la comercialización en todo el territorio nacional del producto: ‘Aceite puro de coco orgánico comestible, Producto 100% natural, Origen Malasia’ por cuidado de autorización de producto y estableciciiento”, informado en el Boletín de establecimiento informó.
En este caso fue un consumidor que realizó la denuncia ante el Departamento de Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos del Instituto Nacional de Alimentos (INAL) ante la sospecha de que el producto “no cumpliría con la normativa alimentaria vigente”.
A través del Servicio de Autorización Sanitaria de Alimentos para el Comercio Exterior se determina con base en datos no fue posible determinar el ingreso de este producto al país.
Por su parte, el Departamento Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos del INAL verificó la promoción y venta de los productos investigados en diferentes plataformas de venta online y notificó al Programa de Monitoreo y Fiscalización de Publicidad y Promoción de Productos Subjectos a Vigilancia de proceda a evaluar las medidas que consideró miembros.
Fue así que está establecido que este aceite era considerado ilegal por violar el Código Alimentario Argentino (CAA), al cuidado de registros de establecimiento y de producto.
Fuente: Mitre.